¿Has recibido una herencia en Tenerife y no sabes cómo tramitarla? ¿Crees que el testamento no respeta los derechos que te corresponden por ley? ¿Hay conflicto entre los herederos sobre cómo repartir los bienes? ¿Te preocupan los plazos y los impuestos que hay que pagar?
En Asistencia Jurídica Canaria somos abogados especialistas en herencias y sucesiones en Tenerife. Las herencias pueden ser procesos sencillos o situaciones extremadamente complejas dependiendo del patrimonio, del número de herederos, de si hay testamento y de las relaciones entre los implicados. En cualquier caso, contar con asesoramiento especializado garantiza que el proceso se gestione correctamente y que tus derechos queden protegidos.
Un error muy común es tramitar la herencia sin asistencia jurídica y descubrir meses después que se han pagado impuestos de más, que se han aceptado deudas que podían haberse evitado o que se ha renunciado a derechos que la ley reconocía. La intervención de un abogado especialista desde el inicio evita estos errores y optimiza el resultado.
La primera consulta es gratuita. Cuéntanos tu situación y te explicamos los pasos a seguir.
El proceso de una herencia implica varias fases que deben gestionarse en el orden correcto y dentro de los plazos establecidos:
Fase 1 — Obtención de documentación:
Fase 2 — Decisión sobre la aceptación:
Fase 3 — Liquidación y adjudicación:
Plazo importante: el Impuesto de Sucesiones debe liquidarse en los 6 meses siguientes al fallecimiento. Existe la posibilidad de pedir una prórroga de otros 6 meses.
Revisamos que el testamento respeta las legítimas de los herederos forzosos (descendientes, ascendientes, cónyuge). Si hay preterición de algún heredero o se han infringido los derechos legitimarios, tomamos las acciones legales necesarias para su protección.
Cuando no hay testamento se aplica el orden de sucesión legal. La declaración de herederos ab intestato es un expediente notarial que identifica quiénes tienen derecho a heredar. Lo tramitamos íntegramente y lo coordinamos con la adjudicación de bienes.
Las discrepancias sobre la valoración de los bienes, el uso de bienes en común o las deudas del causante son muy frecuentes. Intentamos resolver estos conflictos por vía negociada. Si no es posible, representamos a nuestros clientes en el procedimiento judicial de división de herencia.
Si has sido desheredado o tu legítima ha sido reducida por debajo de lo que te corresponde por ley, tienes derecho a reclamarla judicialmente. La acción de suplemento de legítima debe ejercerse en los plazos establecidos para no perder el derecho.
Proteger tus derechos con soluciones claras y realistas.
Claridad · Honestidad · Cercanía.
En Asistencia Jurídica Canaria gestionamos herencias de principio a fin: desde la obtención del certificado de últimas voluntades hasta la inscripción de los bienes en el Registro de la Propiedad. Coordinamos todos los trámites —notariales, registrales y fiscales— para que el heredero no tenga que preocuparse de gestionar múltiples organismos.
En Canarias el Impuesto de Sucesiones tiene bonificaciones muy importantes para los herederos directos. Asesoramos sobre cómo optimizar la fiscalidad de la herencia dentro de la legalidad para reducir al máximo la carga tributaria.
La primera consulta es gratuita y sin ningún compromiso.
Aceptar una herencia de forma pura y simple sin conocer el pasivo real puede suponer asumir deudas que superan el activo. El beneficio de inventario es la herramienta legal que protege al heredero de esta situación, pero debe pedirse antes de la aceptación.
El Impuesto de Sucesiones debe liquidarse en los 6 meses desde el fallecimiento. Superado ese plazo sin pedir prórroga, se generan recargos e intereses que pueden ser significativos dependiendo del valor de la herencia.
La acción de reclamación de legítima tiene un plazo de prescripción. Si se supera sin haber ejercido el derecho, el heredero perjudicado pierde la posibilidad de reclamarlo judicialmente, aunque el testamento sea claramente injusto.
Un inmueble adjudicado en escritura de herencia pero no inscrito en el Registro de la Propiedad puede generar problemas graves a la hora de venderlo, hipotecarlo o transmitirlo: cargas desconocidas, bloqueos registrales o litigios con otros herederos.
EXCELENTE A base de 37 reseñas Publicado en Google Pablo CastedoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Asesoría de primerísimo nivel, profesionalidad total. La consulta con Daniel fué super satisfactoria, lenguaje claro, ver todas las posibilidades para atajar el problema, y máxima dedicación.Publicado en Google Alexis Peña BáezTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Excelentes profesionales, atención rápida directa. Muy resolutivos, los recomiendo al 100%Publicado en Google Jose maria LopezTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Mi experiencia con Asistencia Jurídica Canaria ha sido muy buena. Desde el primer contacto nos hicieron sentir tranquilos y en buenas manos. Nos explicaron todo de forma sencilla, resolvieron cada una de nuestras dudas y estuvieron pendientes del caso en todo momento. Se agradece encontrar profesionales que, además de saber lo que hacen, tratan a las personas con tanta cercanía y respeto. Sin duda volvería a contar con ellos y los recomendaría a cualquier persona que necesite asesoramiento jurídico.Publicado en Google Jeny CastillaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Mi experiencia con el bufet ha sido exelente, me han asesorado para mi caso de manera excepcional. Sus abogados muy amables, muy contenta con el trato recibido. Muchas gracias🫂👌Publicado en Google Melany GálvezTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Gran servicio y excelente atención. Quiero agradecer especialmente a Ángela por su profesionalidad, implicación y capacidad para resolver mi problema. En todo momento estuvo a mi disposición, sin rendirse hasta conseguir el mejor resultado posible. ¡100 % recomendable!Publicado en Google Ann PalbauTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy contenta y agradecida con el servicio que me ha ofrecido el bufete. Muy cercanos, profesionales y humanos.Publicado en Google sonia garciaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy agradecida por el trabajo de sus abogados en un caso penal, eficacia y lo más importante un trato muy personal. Recomiendo sus servicios 100x100 Personas que saben lo que hacen, con ganas y entusiasmo de poder resolver tú caso.Publicado en Google Sara Cabrera GarzónTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy buena primera experiencia con Daniel Bello. Desde el primer momento mostró cercanía, claridad y un conocimiento profundo del ámbito educativo y administrativo. Ha sabido escuchar el caso con atención, ordenar toda la situación y transmitir tranquilidad en un momento especialmente delicado para mi familia. Se agradece encontrar profesionales implicados, humanos y rigurosos.Publicado en Google Maria Gonzalez GarciaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Me atendió la abogada Angela muy cercana y muy pendiente a todo lo relacionado con mi caso muy satisfecha con sus servicios
La primera consulta es gratuita. Analizamos la situación y te explicamos los pasos a seguir, los plazos y la fiscalidad aplicable en Canarias.
Qué incluye la primera consulta:
Sí, pero Canarias tiene una bonificación del 99,9% para los herederos del Grupo I y II (cónyuge, descendientes y ascendientes) sobre la cuota del impuesto estatal. En la práctica, los herederos directos pagan cantidades muy reducidas. Para otros grados de parentesco la bonificación es menor.
Es una modalidad de aceptación que limita la responsabilidad del heredero al valor de los bienes heredados. Conviene pedirlo siempre que existan dudas sobre las deudas del causante o cuando el activo no es claro. Debe solicitarse ante notario antes de la aceptación.
En España los descendientes son herederos forzosos y tienen derecho a su legítima (una parte de la herencia que no puede reducirse arbitrariamente). Solo en casos muy específicos que recoge el Código Civil —y con las causas expresamente indicadas en el testamento— puede desheredarse a un descendiente.
Tiene derecho a repudiar la herencia, renunciando a todos los derechos sobre ella. Si repudia, su parte acrece a los demás coherederos o a los sustitutos designados en testamento. Si no manifiesta nada, transcurrido el plazo sin aceptar ni repudiar, se presume la aceptación.
Dependiendo de la complejidad: una herencia sencilla con testamento y bienes identificados puede resolverse en 2-3 meses. Si hay inmuebles, empresa o conflicto entre herederos, puede tardar entre 6 meses y 2 años. El plazo fiscal de 6 meses es independiente del tiempo real de tramitación.
Cada caso importa. Déjanos tus datos y te contactaremos para encontrar la mejor solución.