¿Tu inquilino lleva uno o varios meses sin pagar la renta y no responde a tus requerimientos o pone excusas? ¿Quieres saber cuánto tiempo va a tardar el proceso y qué puedes hacer para que sea lo más rápido posible? ¿Te preocupa que el procedimiento se alargue durante años y sigas sin cobrar y sin tu inmueble?
En Asistencia Jurídica Canaria somos abogados especialistas en desahucio por falta de pago en Los Realejos. El proceso de desahucio por impago ha sido reformado recientemente para agilizarse: con un procedimiento bien gestionado desde el inicio y si el inquilino no impugna ni hay situación de vulnerabilidad reconocida, la recuperación del inmueble puede producirse en pocas semanas.
La clave es que la demanda esté perfectamente presentada desde el inicio: con la documentación completa, el requerimiento previo correcto y la identificación de todas las situaciones que pueden complicar el proceso. Cada error formal supone notificaciones subsanatorias, retrasos y meses adicionales sin cobrar. Lo hacemos bien desde el principio.
Paso 1: Requerimiento previo (recomendado):
Paso 2: Presentación de la demanda:
Paso 3: Notificación al inquilino y plazo de 10 días:
Paso 4: Lanzamiento:
La situación más frecuente: el inquilino dejó de pagar pero sigue viviendo en la vivienda. Presentamos la demanda de desahucio reclamando también todas las rentas impagadas. Si el inquilino no paga ni desaloja en los 10 días, procedemos con el lanzamiento.
Si el inquilino ya enervó (pagó para detener el proceso) en una ocasión anterior y vuelve a caer en impago, ya no tiene derecho a enervación. El proceso continúa aunque quiera pagar en los 10 días. Gestionamos la demanda haciendo constar la enervación previa.
Además del desahucio y las rentas impagadas, reclamamos los daños causados en el inmueble. La documentación fotográfica y pericial de los daños debe hacerse antes o durante el lanzamiento, ya que después puede ser difícil acreditar quién los causó.
Si el juzgado detecta o el inquilino alega vulnerabilidad, el proceso puede demorarse. Analizamos si la vulnerabilidad alegada es real y justificada o si se alega de forma oportunista, y actuamos para minimizar el impacto en el plazo de recuperación del inmueble.
Proteger tus derechos con soluciones claras y realistas.
Claridad · Honestidad · Cercanía.
En Asistencia Jurídica Canaria gestionamos los desahucios por falta de pago con la eficiencia que requiere cada caso. Conocemos los juzgados de Los Realejos, los plazos reales y las situaciones que pueden complicar o acelerar el procedimiento. La primera consulta es gratuita y te decimos hoy cuánto puede tardar en tu caso concreto.
Si el contrato tiene deficiencias formales o si la fianza no se depositó en el ICAVI (obligatorio en Canarias), puede haber complicaciones en el proceso. Analizamos el contrato antes de demandar para anticipar estos problemas.
Una demanda sin la documentación correcta genera requerimientos de subsanación del juzgado que pueden retrasar semanas el inicio del proceso. Todo debe estar completo desde el primer escrito.
Aunque el requerimiento previo no es obligatorio por ley, su existencia acredita la mora y evita argumentos del inquilino sobre falta de conocimiento del impago. Un burofax con acuse de recibo es la mejor forma de documentarlo.
Si el inquilino puede alegar alguna causa de oposición válida (haber pagado, error en las cantidades), hay que anticiparla con la documentación. Una oposición no anticipada puede complicar la vista y alargar el proceso.
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Primera consulta gratuita. Cuéntanos cuántos meses lleva el inquilino sin pagar y te decimos qué podemos hacer y en qué plazos.
Si el inquilino no impugna ni hay vulnerabilidad: entre 6 y 14 semanas desde la presentación de la demanda hasta el lanzamiento, dependiendo de la carga de los juzgados de Los Realejos. Si el inquilino se opone o hay vulnerabilidad, puede extenderse varios meses más. La rapidez del procedimiento depende en gran medida de que la demanda esté perfectamente presentada desde el inicio.
Basta con un mes de impago. Sin embargo, en la práctica muchos arrendadores esperan 2-3 meses antes de actuar. Lo importante es que en el momento de demandar estén claramente documentados todos los meses impagados.
Sí. Muchos inquilinos desalojan voluntariamente una vez reciben la notificación de la demanda o cuando comprenden que el lanzamiento va a producirse de todas formas. Si desalojan voluntariamente antes del lanzamiento, el inmueble se recupera sin necesidad de acudir al acto de lanzamiento.
La sentencia condena al inquilino a pagar. Si no tiene bienes o ingresos ejecutables, la deuda existe pero puede ser difícil o imposible de cobrar. En esos casos, es recomendable analizar si el inquilino tiene trabajo, cuentas u otros bienes antes de incurrir en gastos adicionales de ejecución.
El inquilino puede pagar y parar el proceso (enervación) solo en el plazo de 10 días que concede el juzgado tras la notificación de la demanda, y solo si no ha enervado antes. Si el plazo pasa sin pagar, el proceso sigue aunque el inquilino quiera pagar después. Solo el desalojo voluntario puede detenerlo una vez vencido el plazo.
Cada caso importa. Déjanos tus datos y te contactaremos para encontrar la mejor solución.