Despido Improcedente en Tenerife

El despido improcedente en Tenerife se produce cuando la empresa extingue el contrato de trabajo sin acreditar una causa legítima o sin cumplir los requisitos formales del Estatuto de los Trabajadores. En estos casos, el trabajador tiene derecho a una indemnización de 33 días de salario por año trabajado (hasta 24 mensualidades) o, si opta por ello, a la readmisión en su puesto con percepción de los salarios de tramitación.

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¿Cuándo es improcedente un despido en Tenerife?

El despido puede ser declarado improcedente en los siguientes supuestos:

  • Carta de despido genérica o incompleta: la empresa cita artículos del convenio sin concretar los hechos imputados.
  • Incumplimientos no probados: no existen evidencias documentales ni testigos que acrediten las faltas.
  • Causas económicas no acreditadas: en el despido objetivo, la empresa no demuestra pérdidas reales ni situación económica negativa.
  • Prescripción de faltas: las faltas graves prescriben a los 60 días desde que la empresa las conoce; las muy graves, a los 60 días desde que tuvo conocimiento fehaciente.
  • Defecto de forma: despido comunicado verbalmente o carta entregada sin cumplir los requisitos legales.
  • Falta de audiencia previa: en el caso de representantes de los trabajadores, es obligatorio tramitar un expediente contradictorio.

Indemnización por despido improcedente en Tenerife

El cálculo de la indemnización depende de la antigüedad y del salario bruto mensual:

  • Desde el 12/02/2012: 33 días de salario bruto por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
  • Hasta el 11/02/2012: 45 días de salario por año para ese período, con máximo de 42 mensualidades.

Ejemplo real: un trabajador con salario mensual de 1.600 € y 6 años de antigüedad tendría derecho a una indemnización aproximada de 10.560 €. Con 10 años de antigüedad y 2.000 €/mes, la cifra asciende a 22.000 €.

Además, si la empresa no reconoce la improcedencia en conciliación y el procedimiento se extiende hasta juicio, el trabajador acumula salarios de tramitación desde la fecha de despido hasta la sentencia.

Cómo reclamar el despido improcedente paso a paso

  1. Recibir y conservar la carta de despido. Es el documento clave. Si no te la entregan, solicítala por escrito.
  2. Presentar papeleta de conciliación ante el SEMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Canarias) dentro de los 20 días hábiles siguientes al despido. Este plazo es de caducidad: si no se cumple, el derecho se extingue.
  3. Acto de conciliación: la empresa puede reconocer la improcedencia y abonar la indemnización. Si no lo hace, el abogado presentará demanda.
  4. Juicio oral en el Juzgado de lo Social de Santa Cruz de Tenerife y sentencia.
  5. Recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias si procede.

Plazo crítico: los 20 días hábiles empiezan a contar desde la fecha efectiva del despido, no desde que recibes la carta. No esperes.

Preguntas frecuentes sobre el despido improcedente en Tenerife

¿Cobro el paro si el despido es improcedente?
Sí. El tipo de despido no afecta al derecho al desempleo, que depende exclusivamente de los períodos de cotización.

¿Puedo firmar el finiquito y luego reclamar?
Sí. Puedes firmar el finiquito añadiendo la apostilla «no conforme» y reclamar la improcedencia dentro del plazo de 20 días.

¿Qué pasa si me despiden estando de baja médica?
La baja médica por sí sola no convierte el despido en nulo, pero puede indicar que el despido tiene una causa real distinta (represalia), lo que podría dar lugar a nulidad.

¿Cuánto tarda el proceso?
El acto de conciliación suele celebrarse entre 15 y 30 días tras la papeleta. Si va a juicio, el proceso puede durar entre 6 y 18 meses en Tenerife.

¿Qué honorarios cobra el abogado?
Trabajamos habitualmente con honorarios vinculados al resultado obtenido. Consulta gratuita y sin compromiso.

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