Una de las consultas más frecuentes en nuestro despacho de Tenerife es: «la empresa no me paga la nómina, ¿qué puedo hacer?». La respuesta es clara: tienes derechos y puedes actuar. Desde reclamar las cantidades adeudadas con intereses hasta extinguir el contrato con indemnización, la ley laboral protege al trabajador frente al incumplimiento empresarial.
No existe un número mínimo fijo en la ley, pero la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha considerado suficiente la demora cuando:
En todos estos casos, el trabajador puede demandar la extinción del contrato (art. 50 ET) con derecho a indemnización de 33 días por año trabajado más el cobro del paro.
El procedimiento para reclamar la nómina impagada en Tenerife sigue estos pasos:
¿Puedo faltar al trabajo si la empresa no me paga?
Legalmente, el impago de salario no te autoriza a ausentarte sin más; podría considerarse abandono. Lo correcto es reclamar judicialmente mientras mantienes tu prestación de servicios.
¿Y si la empresa paga solo una parte de la nómina?
Puedes reclamar la diferencia. Si los pagos parciales son reiterados, puede justificarse la extinción indemnizada del contrato.
¿Qué pasa si la empresa ha entrado en concurso?
El concurso de acreedores no extingue automáticamente tu contrato ni tus derechos salariales. Actúa con rapidez y personarte en el procedimiento concursal para salvaguardar tus créditos.
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