Reclamación Previa Contra el INSS en Tenerife

La reclamación previa es el trámite administrativo obligatorio que debe presentarse ante el INSS antes de poder acudir al Juzgado de lo Social en reclamaciones de Seguridad Social. Es un requisito previo a la demanda judicial en materias como la incapacidad permanente, la viudedad, la jubilación anticipada y otras prestaciones. Sin este trámite, la demanda judicial sería inadmisible.

¿Cuándo es obligatoria la reclamación previa al INSS?

Es preceptiva en todos los procedimientos que afectan a prestaciones de la Seguridad Social gestionadas por el INSS:

  • Incapacidad permanente (parcial, total, absoluta, gran invalidez).
  • Prestación por viudedad, orfandad y a favor de familiares.
  • Jubilación anticipada o involuntaria.
  • Prestaciones por maternidad/paternidad denegadas.
  • Recargo de prestaciones por accidente de trabajo.

No es necesaria en procedimientos de despido, sanciones o reclamaciones de cantidad frente al empleador.

Plazos de la reclamación previa en Tenerife

  • Plazo para presentarla: 30 días hábiles desde la notificación de la resolución del INSS.
  • Plazo del INSS para contestar: 45 días. Si no responde en ese plazo, se entiende desestimada (silencio negativo).
  • Plazo para demandar tras la respuesta: 30 días hábiles desde la notificación de la desestimación expresa o desde que se agota el silencio.

⚠️ Estos plazos son de caducidad. Su incumplimiento cierra la vía judicial de forma definitiva, salvo casos excepcionales.

Qué debe contener la reclamación previa

La reclamación previa debe recoger:

  • Identificación del reclamante (nombre, DNI, número de afiliación a la SS).
  • Resolución del INSS que se impugna (número de expediente y fecha).
  • Motivos de la impugnación: errores en los hechos valorados, insuficiencia del grado reconocido, falta de valoración de informes médicos, etc.
  • Documentación médica adicional que refuerza la solicitud.
  • Petición concreta: reconocimiento del grado solicitado, retroactividad de la pensión.

Un abogado laboralista en Tenerife redacta la reclamación previa de forma técnica, incorporando los argumentos jurídicos y médicos que maximizan las posibilidades de éxito.

Preguntas frecuentes · Reclamación previa al INSS en Tenerife

¿Puedo presentar la reclamación previa yo solo?
Sí. No requiere representación legal. Sin embargo, dado que la reclamación previa es la base de la futura demanda judicial, es recomendable que la redacte un abogado para que recoja todos los argumentos jurídicos y médicos relevantes.

¿Qué pasa si el INSS estima parcialmente mi reclamación?
Si el INSS reconoce un grado inferior al solicitado en la reclamación previa, puedes aceptarlo o demandar el grado superior. Los efectos económicos del reconocimiento parcial se perciben desde la resolución de la reclamación.

¿Puedo aportar nuevos informes médicos en la reclamación previa?
Sí, y es muy recomendable hacerlo. Los nuevos informes pueden hacer que el INSS reconozca la prestación sin necesidad de ir a juicio.

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