Adaptación de Horario por Conciliación en Tenerife

Desde la reforma del artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores en 2019, todos los trabajadores con responsabilidades familiares en Tenerife tienen derecho a solicitar adaptaciones de su jornada (sin reducción de horas) para hacer efectivo su derecho a la conciliación: cambiar el horario de entrada y salida, pasar de jornada partida a continua, trabajar en remoto parte de la semana, o modificar los días de trabajo. La empresa está obligada a negociar de buena fe durante 30 días.

¿Qué tipo de adaptaciones se pueden solicitar?

  • Cambio del horario de entrada y salida (sin reducir horas totales).
  • Paso de jornada partida a jornada continua o viceversa.
  • Teletrabajo o trabajo en remoto total o parcial.
  • Cambio de días de trabajo (por ejemplo, concentrar la jornada en menos días).
  • Horario flexible de entrada/salida dentro de una franja acordada.

La solicitud debe estar motivada en las necesidades de conciliación del trabajador. No es necesario probar que se tienen hijos: cualquier responsabilidad familiar (cónyuge, padres dependientes, hermanos con discapacidad) justifica la solicitud.

Proceso de negociación y resolución de conflictos en Tenerife

  1. El trabajador solicita la adaptación por escrito, especificando la medida concreta y la justificación.
  2. La empresa tiene 30 días para negociar y dar una respuesta.
  3. Si la empresa niega la adaptación, debe hacerlo por escrito, indicando las razones organizativas o productivas que lo impiden.
  4. Si no hay acuerdo, el trabajador puede interponer una demanda urgente ante el Juzgado de lo Social de Tenerife (juicio en 5 días hábiles).
  5. El juez pondera el derecho del trabajador con las necesidades organizativas de la empresa y dicta resolución.

Preguntas frecuentes · Adaptación de horario en Tenerife

¿La empresa está obligada a conceder la adaptación que pido?
No automáticamente. Está obligada a negociarla de buena fe. Si la empresa acredita que la adaptación concreta le causa un perjuicio desproporcionado, el juez puede denegar la medida exacta pedida pero ordenar una alternativa razonable.

¿Puedo pedir teletrabajo como adaptación de jornada?
Sí. Desde 2021, el teletrabajo puede solicitarse como medida de adaptación al amparo del art. 34.8 ET. La empresa no está obligada a concederlo, pero debe negociar de buena fe y justificar su denegación.

¿Cuánto tiempo tiene la empresa para responder mi solicitud?
30 días desde la solicitud. Si no responde en ese plazo, puede interpretarse como denegación tácita y el trabajador puede acudir al juzgado sin esperar más.

¿La empresa no negocia tu adaptación horaria en Tenerife?

Exigimos la negociación y vamos al juzgado si hace falta. Consulta gratuita.

Consulta gratuita →