Abogados Ley de la Segunda Oportunidad en Canarias

¿Estás ahogado en deudas que no puedes pagar? ¿Te están embargando? ¿No ves salida a tu situación económica?

En Asistencia Jurídica Canaria te ayudamos a acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad para cancelar tus deudas y empezar de nuevo en todas las Islas Canarias.

Sabemos que vivir con deudas impagables es angustioso: llamadas de acreedores, embargos, estrés constante, no poder dormir tranquilo. Pero existe una solución legal que te permite borrar tus deudas y comenzar de cero.

Llámanos ahora. La primera consulta es gratuita. Te explicaremos si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad y cómo podemos ayudarte a cancelar tus deudas.

Cancela tus deudas y empieza de nuevo

Si estás ahogado en deudas que no puedes pagar, es normal sentir que no hay salida, que vas a estar toda tu vida pagando, que nunca podrás vivir tranquilo. Pero hay una solución: la Ley de Segunda Oportunidad.

Lo primero que debes saber: puedes cancelar legalmente tus deudas. No es una estafa ni un truco. Es una ley del Estado español que permite a personas físicas y autónomos en situación de insolvencia cancelar las deudas que no puedan pagar.

Llevamos años ayudando a personas en Canarias a acogerse a esta ley: particulares con préstamos personales, tarjetas de crédito, avales; autónomos con deudas de su negocio, con Hacienda, con la Seguridad Social; personas con hipotecas que no pueden pagar y les van a ejecutar la vivienda.

Nuestro trabajo es estudiar tu situación económica, valorar si cumples los requisitos para acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad, tramitar todo el procedimiento (acuerdo extrajudicial de pagos o concurso de acreedores), y conseguir la exoneración del pasivo insatisfecho: la cancelación legal de tus deudas.

No te prometemos que todos los casos se resuelven igual, porque depende de tu situación concreta. Pero sí te prometemos que haremos todo lo posible, con conocimiento técnico de la normativa concursal, honestidad sobre tus posibilidades reales, y comunicación constante durante todo el proceso.

Ángela y Daniel, abogados especialistas en Segunda Oportunidad

Somos Ángela y Daniel, y contamos con amplia experiencia en la Ley de Segunda Oportunidad en Canarias. No somos un despacho impersonal donde no sabes quién lleva tu caso. Aquí nos conoces desde el primer día, hablas directamente con nosotros, y somos nosotros quienes tramitamos tu expediente de principio a fin.

Nos dedicamos a ayudar a personas sobreendeudadas porque entendemos lo desesperante que es vivir con deudas que no puedes pagar, con llamadas constantes de acreedores, con el miedo a embargos, sin ver una salida.

Cada caso de Segunda Oportunidad es diferente. Un particular con 30.000€ en tarjetas y préstamos personales tiene una situación distinta a un autónomo con 100.000€ en deudas de su negocio. Una persona con deudas solo con bancos es diferente a alguien que debe también a Hacienda y Seguridad Social.

Por eso estudiamos tu caso individualmente: cuánto debes, a quién debes, qué ingresos tienes, qué bienes tienes, si eres particular o autónomo, si has actuado de buena fe. Todo esto determina qué procedimiento te conviene y qué posibilidades tienes de cancelar tus deudas.

Conocemos los juzgados de lo Mercantil de Canarias, sus procedimientos, sus criterios, cómo presentar los expedientes de Segunda Oportunidad de forma que tengan las máximas probabilidades de conseguir la exoneración.

Y durante todo el proceso, te explicamos cada paso en lenguaje claro. La legislación concursal es compleja, pero nos aseguramos de que entiendas qué estamos haciendo y en qué fase está tu caso.

foto de los fundadores de asistencia juridica canaria Ángela y Daniel

Por qué somos tu mejor opción en Canarias

Amplia trayectoria en Ley de Segunda Oportunidad en Canarias

Llevamos años tramitando casos de Segunda Oportunidad en Tenerife, Gran Canaria, Lanzarote, Fuerteventura y el resto de islas. Hemos conseguido la cancelación de deudas para decenas de personas en situación de insolvencia en todo el archipiélago.

Esa experiencia nos permite saber exactamente qué documentación necesitas, cómo preparar el expediente correctamente, qué errores evitar, cómo negociar con acreedores, qué argumentos utilizar ante el juzgado para conseguir la exoneración.

Conocemos los juzgados de lo Mercantil de todas las islas, sus procedimientos, sus criterios habituales, y cómo presentar los casos de forma sólida.

Conocemos el procedimiento al completo

La Ley de Segunda Oportunidad es técnicamente compleja. Requiere conocimientos de derecho concursal, saber preparar acuerdos extrajudiciales de pagos, tramitar concursos de acreedores, solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho.

No basta con rellenar formularios. Hay que saber qué documentación aportar, cómo valorar tus bienes, cómo elaborar inventarios, cómo hacer listas de acreedores, cómo negociar quitas y esperas, cómo justificar la buena fe.

Dominamos toda la legislación concursal aplicable y los procedimientos ante notarios, registradores mercantiles y juzgados. Ese conocimiento técnico es fundamental para que tu caso prospere.

Honorarios accesibles y transparentes

Honorarios accesibles y adaptados a tu situación. Entendemos que si estás sobreendeudado es porque no tienes dinero. Por eso trabajamos con precios justos y facilidades de pago.

Te explicamos los honorarios con total claridad desde el principio, y los adaptamos a tu capacidad económica real. Muchas veces permitimos el pago fraccionado porque sabemos que no dispones de grandes cantidades.

Sin letra pequeña, sin sorpresas. Te damos un presupuesto claro antes de empezar.

Te acompañamos hasta cancelar tus deudas

El procedimiento de Segunda Oportunidad puede durar varios meses (normalmente entre 6 y 18 meses). Durante todo ese tiempo, estamos contigo.

Te ayudamos a reunir la documentación, preparamos todos los escritos, negociamos con tus acreedores, presentamos el expediente ante el notario o el juzgado, te representamos en las comparecencias, solicitamos la exoneración.

No te dejamos solo en ningún momento. Estás informado de cada paso, y puedes contactarnos cuando tengas dudas.

Nuestra misión:

Proteger tus derechos con soluciones claras y realistas.

Cómo trabajamos:

Escuchamos, evaluamos, te explicamos opciones y costes por escrito.

Lo que nos define:

Claridad · Honestidad · Cercanía.

¿Cómo te podemos ayudar con la Ley de Segunda Oportunidad?

Gestionamos todos los procedimientos relacionados con la Segunda Oportunidad:

Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI)

El objetivo final: la cancelación legal de tus deudas. La Exoneración del Pasivo Insatisfecho es la resolución judicial que cancela definitivamente las deudas que no puedes pagar.

Hay dos modalidades: exoneración provisional (si tienes ingresos y pagas un plan durante 3-5 años) o exoneración definitiva (si no tienes bienes ni ingresos suficientes).

Preparamos tu solicitud de exoneración con toda la documentación necesaria, justificamos tu buena fe, y conseguimos que el juzgado apruebe la cancelación de tus deudas.

Acuerdo Extrajudicial de Pagos

El primer paso del procedimiento. Es un intento de llegar a acuerdo con tus acreedores antes de ir al concurso de acreedores. Se hace ante notario (si eres particular) o ante el registrador mercantil (si eres autónomo).

Presentamos un plan de pagos adaptado a tu capacidad económica real, con quitas (reducciones de deuda) y esperas (aplazamientos). Los acreedores pueden aceptarlo o rechazarlo.

Si lo aceptan, cumples ese plan y luego solicitas la exoneración de lo que no hayas podido pagar. Si lo rechazan, pasamos directamente al concurso de acreedores.

Concurso de Acreedores de Persona Física

El procedimiento judicial cuando no hay acuerdo extrajudicial. Se tramita ante el juzgado de lo Mercantil. Es más formal y más largo, pero igualmente efectivo para conseguir la exoneración final.

Presentamos el concurso con toda la documentación: inventario de bienes, lista de acreedores, justificación de tu insolvencia. Se nombra un administrador concursal que supervisa el proceso.

Tras la liquidación de tu patrimonio (si tienes bienes) o la conclusión del concurso por insuficiencia de masa (si no tienes bienes), solicitamos la exoneración definitiva de tus deudas.

Negociación con Acreedores

Antes de iniciar el procedimiento, intentamos negociar. Muchas veces los bancos, financieras o acreedores están dispuestos a negociar quitas o esperas cuando ven que tu situación es realmente insostenible.

Negociamos en tu nombre: reducciones de deuda, aplazamientos, condonaciones parciales. A veces conseguimos acuerdos antes de tener que ir al procedimiento formal, lo que ahorra tiempo y costes.

Cancelación de Deudas con Hacienda y Seguridad Social

Las deudas con Hacienda y Seguridad Social también se pueden cancelar. Hay un mito de que estas deudas no se borran nunca, pero sí se pueden exonerar si se cumplen ciertos requisitos.

Las deudas tributarias y con la Seguridad Social son créditos contra la masa o créditos privilegiados. Requieren un tratamiento específico en el procedimiento, pero sí se pueden incluir en la exoneración del pasivo insatisfecho.

Tenemos experiencia en casos con deudas importantes con organismos públicos y sabemos cómo gestionarlos correctamente.

Paralización de Embargos

Te están embargando la nómina, la cuenta bancaria, o te van a ejecutar la vivienda. Cuando inicias el procedimiento de Segunda Oportunidad, se paralizan automáticamente todos los embargos y ejecuciones.

Desde que presentamos el Acuerdo Extrajudicial de Pagos o el Concurso, los acreedores no pueden iniciar nuevos embargos ni continuar con los que estaban en marcha. Esto te da un respiro inmediato.

Si te van a ejecutar la hipoteca, el procedimiento de Segunda Oportunidad puede paralizar la ejecución y darte tiempo para buscar soluciones.

Asesoramiento Previo y Viabilidad

¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad? Esa es la primera pregunta. No todos los casos son viables.

Requisitos básicos: ser persona física (particular o autónomo), estar en situación de insolvencia actual o inminente, haber actuado de buena fe (no haber cometido fraude), que tus deudas no superen los 5 millones de euros.

En la consulta inicial estudiamos tu caso y te decimos honestamente si cumples los requisitos, qué posibilidades tienes, y qué procedimiento te conviene más.

Plan de Pagos Adaptado

Si tienes algún ingreso, preparamos un plan de pagos realista. No se trata de pagar todo lo que debes (eso es imposible), sino de pagar lo que puedas durante un tiempo limitado (3-5 años), y luego se cancela el resto.

Calculamos tu capacidad de pago real: ingresos menos gastos necesarios (vivienda, alimentación, suministros, transporte). Lo que sobre, se destina a pagar a los acreedores. Pero siempre dejándote lo mínimo para vivir dignamente.

Tras cumplir ese plan reducido, solicitas la exoneración del resto de deudas que no hayas podido pagar.

Estés donde estés en Canarias, te defendemos

Operamos en todas las Islas Canarias. No importa si tu situación de sobreendeudamiento es en Tenerife, Gran Canaria, Lanzarote, Fuerteventura, La Palma, La Gomera o El Hierro. Tramitamos casos de Segunda Oportunidad en todos los juzgados del archipiélago.

Con base en Tenerife pero presencia activa en todo el archipiélago, hemos ayudado a personas sobreendeudadas en todas las islas a cancelar sus deudas y empezar de nuevo.

La opinión de nuestros clientes cuenta

Lo que nos diferencia del resto de despachos de abogados

Creemos que la confianza no se exige, se construye. Y en nuestro despacho esa confianza nace de una comunicación fluida, constante y honesta con cada cliente desde el primer momento.

No entendemos la abogacía sin escuchar. Cada caso tiene detrás una persona en situación económica desesperada, con estrés, con angustia, muchas veces con vergüenza por no poder pagar sus deudas. Por eso no desaparecemos tras la primera consulta ni delegamos tu asunto en terceros: estamos disponibles, explicamos cada paso y resolvemos tus dudas sin rodeos ni letra pequeña.

Trabajar en Segunda Oportunidad, para nosotros, implica también un ejercicio de cuidado. Cuidado del procedimiento, de los plazos, de la documentación. Sabemos que este proceso no es solo un trámite legal: es tu posibilidad de volver a vivir sin la angustia de las deudas, de dormir tranquilo, de poder mirar al futuro.

Nos gusta trabajar de forma directa y genuina. Tratamos cada caso como si fuera propio, con estudio riguroso de tu situación económica, preparación cuidadosa de expedientes, y un trato cercano que permite al cliente sentirse acompañado y protegido durante todo el proceso.

No solo somos abogados de Segunda Oportunidad. Somos tu apoyo para salir del sobreendeudamiento. Nuestro compromiso va más allá de presentar papeles: queremos que sepas que no estás solo, que hay una solución legal, que hay un equipo que te respalda y que trabaja para liberarte de esa carga con implicación real y trato totalmente personalizado.

¿Dónde encontrarnos?

Preguntas Frecuentes:

Casi todas. Se pueden exonerar:

  • Deudas con bancos y financieras (préstamos, tarjetas, hipotecas)
  • Deudas con proveedores
  • Deudas con Hacienda y Seguridad Social (con ciertos requisitos)
  • Deudas con particulares
  • Avales

NO se pueden exonerar:

  • Deudas por pensiones alimenticias
  • Deudas derivadas de responsabilidad civil por delito doloso
  • Deudas con Hacienda y Seguridad Social de los últimos 2 años (en algunos casos)

En tu consulta gratuita analizamos tus deudas concretas y te decimos qué se puede cancelar.

Nuestros honorarios se adaptan a tu situación económica. Entendemos que si estás sobreendeudado no dispones de grandes cantidades.

Te damos un presupuesto claro desde el principio, y normalmente permitimos el pago fraccionado. Además de nuestros honorarios, hay algunos gastos oficiales: notario (unos 200-300€), registrador mercantil si eres autónomo (unos 100-200€), tasas judiciales (dependiendo).

En la consulta te damos el coste total estimado según tu caso.

Depende de tu caso:

  • Acuerdo Extrajudicial de Pagos: 2-4 meses desde que lo presentamos hasta que se aprueba o rechaza.
  • Concurso de Acreedores: 6-12 meses desde la presentación hasta la conclusión.
  • Exoneración definitiva: Normalmente se concede junto con la conclusión del concurso.
  • Exoneración provisional: Cumples un plan de 3-5 años y luego solicitas la exoneración definitiva del resto.

Te damos plazos realistas desde el principio según tu situación.

Depende:

Si es tu vivienda habitual y no tienes otras propiedades, en muchos casos se puede conservar, especialmente si tiene hipoteca y continúas pagándola.

Si tienes varias propiedades o la vivienda tiene mucho valor sin hipoteca, puede que tengas que liquidarla para pagar a los acreedores.

Si te van a ejecutar la hipoteca, la Segunda Oportunidad puede paralizar la ejecución y darte opciones para conservar la vivienda (dación en pago con exoneración del resto de deuda, por ejemplo).

Cada caso es diferente. En tu consulta analizamos tu situación patrimonial y te decimos qué opciones tienes.

Sí, por supuesto. La Ley de Segunda Oportunidad está especialmente pensada para autónomos cuyo negocio ha quebrado y se han quedado con deudas empresariales.

El procedimiento para autónomos es ligeramente diferente (se tramita ante el registrador mercantil en lugar de ante notario), pero el resultado es el mismo: cancelación de las deudas que no puedas pagar.

Contáctanos

Cada caso importa. Déjanos tus datos y te contactaremos para encontrar la mejor solución.