¿Han ocupado ilegalmente tu vivienda o local en Los Realejos sin tu consentimiento y sin ningún título que lo justifique? ¿Entraste al inmueble y lo encontraste ocupado por personas que no conoces? ¿Tienes una segunda vivienda, una herencia o un local comercial que ha sido ocupado mientras estaba vacío?
En Asistencia Jurídica Canaria somos abogados especialistas en desahucio por ocupación ilegal en Los Realejos. La ocupación ilegal de inmuebles es una situación que requiere actuación urgente y con la estrategia correcta. La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil introdujo un procedimiento especial de recuperación posesoria urgente para propietarios personas físicas y pequeñas empresas (hasta 10 trabajadores), que permite actuar con mayor rapidez que el desahucio tradicional.
La primera regla en estos casos es siempre la misma: no actúes por tu cuenta. Cambiar la cerradura sin orden judicial, cortar servicios o intimidar a los ocupantes puede constituir delito aunque el inmueble sea tuyo. La vía legal es la única segura, y con el asesoramiento adecuado es más rápida de lo que se suele pensar.
Procedimiento especial de recuperación posesoria urgente:
Desde la reforma de la LEC (Ley Orgánica 5/2018 y posteriores), existe un procedimiento específico para recuperar inmuebles ocupados sin consentimiento del propietario:
Lo que es fundamental desde el inicio:
Si ya hay denuncia penal:
Tanto si es tu vivienda habitual como si es una segunda residencia, el procedimiento de recuperación urgente está a tu disposición. Lo iniciamos con la mayor rapidez posible: cada día que pasa consolida la posición del ocupante y complica la recuperación del inmueble.
Los locales y naves comerciales también pueden ser objeto del procedimiento urgente si el propietario es persona física o empresa de menos de 10 trabajadores. Actuamos con la documentación de titularidad y la acreditación de la ocupación para presentar la demanda cuanto antes.
Heredaste un inmueble y al ir a tomarlo encuentras que está ocupado. Tramitamos primero la acreditación de la propiedad mediante el título hereditario y luego actuamos con el procedimiento de recuperación posesoria urgente.
Cuando la ocupación es reciente y puede encuadrarse en el delito de usurpación o allanamiento de morada, puede combinarse la denuncia penal (que activa la actuación policial) con el procedimiento civil urgente. Coordinamos ambas vías para maximizar la rapidez de recuperación.
Proteger tus derechos con soluciones claras y realistas.
Claridad · Honestidad · Cercanía.
En Asistencia Jurídica Canaria actuamos con urgencia en los casos de ocupación ilegal porque sabemos que el tiempo es el factor crítico: cuanto más tarde se actúa, más compleja es la recuperación. Iniciamos el procedimiento el mismo día que el cliente nos consulta si la documentación de propiedad está disponible. La primera consulta es gratuita.
Es el error más frecuente y más peligroso. Aunque el inmueble sea tuyo, cambiar la cerradura sin orden judicial puede constituir un delito de coacciones o allanamiento a la inversa. Solo con orden judicial puede recuperarse la posesión por la fuerza.
Cortar el agua o la luz del inmueble ocupado puede constituir un delito de coacciones. Los servicios básicos no pueden interrumpirse unilateralmente como medio de presión para que el ocupante salga.
La prueba de la fecha de ocupación y las circunstancias en que se produjo es fundamental para el procedimiento. Fotografías, parte policial, testigos y cualquier otra documentación deben obtenerse cuanto antes tras descubrir la ocupación.
La ocupación ilegal no se resuelve sola: cuanto más tiempo pasa, más arraigados están los ocupantes y más compleja es la recuperación. La urgencia en actuar maximiza las posibilidades de recuperación rápida.
EXCELENTE A base de 37 reseñas Publicado en Google Pablo CastedoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Asesoría de primerísimo nivel, profesionalidad total. La consulta con Daniel fué super satisfactoria, lenguaje claro, ver todas las posibilidades para atajar el problema, y máxima dedicación.Publicado en Google Alexis Peña BáezTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Excelentes profesionales, atención rápida directa. Muy resolutivos, los recomiendo al 100%Publicado en Google Jose maria LopezTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Mi experiencia con Asistencia Jurídica Canaria ha sido muy buena. Desde el primer contacto nos hicieron sentir tranquilos y en buenas manos. Nos explicaron todo de forma sencilla, resolvieron cada una de nuestras dudas y estuvieron pendientes del caso en todo momento. Se agradece encontrar profesionales que, además de saber lo que hacen, tratan a las personas con tanta cercanía y respeto. Sin duda volvería a contar con ellos y los recomendaría a cualquier persona que necesite asesoramiento jurídico.Publicado en Google Jeny CastillaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Mi experiencia con el bufet ha sido exelente, me han asesorado para mi caso de manera excepcional. Sus abogados muy amables, muy contenta con el trato recibido. Muchas gracias🫂👌Publicado en Google Melany GálvezTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Gran servicio y excelente atención. Quiero agradecer especialmente a Ángela por su profesionalidad, implicación y capacidad para resolver mi problema. En todo momento estuvo a mi disposición, sin rendirse hasta conseguir el mejor resultado posible. ¡100 % recomendable!Publicado en Google Ann PalbauTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy contenta y agradecida con el servicio que me ha ofrecido el bufete. Muy cercanos, profesionales y humanos.Publicado en Google sonia garciaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy agradecida por el trabajo de sus abogados en un caso penal, eficacia y lo más importante un trato muy personal. Recomiendo sus servicios 100x100 Personas que saben lo que hacen, con ganas y entusiasmo de poder resolver tú caso.Publicado en Google Sara Cabrera GarzónTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy buena primera experiencia con Daniel Bello. Desde el primer momento mostró cercanía, claridad y un conocimiento profundo del ámbito educativo y administrativo. Ha sabido escuchar el caso con atención, ordenar toda la situación y transmitir tranquilidad en un momento especialmente delicado para mi familia. Se agradece encontrar profesionales implicados, humanos y rigurosos.Publicado en Google Maria Gonzalez GarciaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Me atendió la abogada Angela muy cercana y muy pendiente a todo lo relacionado con mi caso muy satisfecha con sus servicios
Primera consulta gratuita. Si tu inmueble ha sido ocupado, llámanos hoy — el tiempo importa.
Si la ocupación es muy reciente (en las últimas 48-72 horas), la policía puede intervenir sin necesidad de orden judicial. Si ha pasado más tiempo, la policía no puede intervenir sin orden judicial: el desalojo debe tramitarse por la vía legal. En cuanto tengas constancia de la ocupación, denuncia de inmediato para poder actuar por la vía policial si aún es posible.
El procedimiento especial es más rápido que el desahucio ordinario: si los ocupantes no presentan oposición y no se acreditan situaciones de vulnerabilidad, puede resolverse en 4-8 semanas desde la presentación de la demanda. Si hay oposición o vulnerabilidad, se alarga.
Corresponde a los ocupantes probar que tienen título o que la posesión es anterior. La acreditación documental de la propiedad y de la fecha de ocupación ilegal es la clave. Si el propietario puede probar que la ocupación es posterior a su titularidad, los ocupantes no tienen derecho a permanecer.
Sí. En el precario, el propietario consintió en algún momento la ocupación (la dejó a un familiar, la prestó temporalmente). En la ocupación ilegal, nunca hubo consentimiento del propietario. El procedimiento es diferente: el de ocupación ilegal tiene el procedimiento urgente especial; el precario se tramita como juicio verbal de precario.
Los juzgados deben notificar a los servicios sociales en casos de desahucio de vivienda donde hay menores o personas en situación de vulnerabilidad. Esto puede causar una suspensión temporal del lanzamiento. Sin embargo, la vulnerabilidad no impide el desahucio: solo puede demorarlo mientras los servicios sociales buscan una alternativa habitacional.
Cada caso importa. Déjanos tus datos y te contactaremos para encontrar la mejor solución.