ABOGADO OBRAS DEFECTUOSAS LA LAGUNA

¿El constructor o contratista que contraste para reformar o construir en La Laguna ha entregado el trabajo con defectos graves? ¿Ha abandonado la obra a medias sin devolver lo pagado? ¿Las calidades acordadas no son las que has recibido, o hay problemas estructurales que aparecieron poco después de que se diera por terminada la obra?

En Asistencia Jurídica Canaria somos abogados especialistas en reclamaciones por obras defectuosas o inacabadas en La Laguna. Las reformas y construcciones son uno de los principales focos de conflicto contractual: el contratista cobra por adelantado, entrega tarde, usa materiales inferiores o simplemente desaparece sin terminar el trabajo. Y la víctima es el propietario que ya pagó y ahora tiene una obra a medias.

Tienes derecho a exigir que el contratista termine la obra correctamente, o a resolver el contrato y reclamar la devolución de lo pagado más el coste de contratar a alguien que lo solucione. El requerimiento formal bien redactado muchas veces es suficiente para que el contratista reaccione sin necesidad de juicio.

OBRAS DEFECTUOSAS EN LA LAGUNA: QUÉ PUEDES RECLAMAR Y A QUIÉN

Las reclamaciones por obras defectuosas tienen varias bases legales según el tipo de problema:

Incumplimiento del contrato de obra (art. 1544 CC):

  • Cuando el contratista no termina la obra, la entrega tarde o no respeta las calidades pactadas
  • Puedes exigir el cumplimiento (que termine y lo haga bien) o resolver el contrato y reclamar lo pagado más los daños
  • El coste de contratar a otro profesional para terminar la obra mal hecha es un daño reclamable

Garantías de la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE):

  • 1 año: defectos de acabado (pintura, solados, carpintería)
  • 3 años: defectos que afectan a la habitabilidad (humedades, instalaciones, estanqueidad)
  • 10 años: defectos estructurales (cimientos, pilares, muros de carga)

Responsabilidad del arquitecto y aparejador:

  • Si los defectos son consecuencia de un error en el proyecto o en la dirección de obra, el técnico también puede ser responsable
  • Todos los intervinientes en el proceso de edificación responden solidariamente frente al propietario

TIPOS DE RECLAMACIONES POR OBRA QUE GESTIONAMOS EN LA LAGUNA

OBRA INACABADA O ABANDONADA

El contratista cobró parte del presupuesto y desapareció o dejó la obra a medias sin causa justificada. Actuamos con rapidez: requerimiento formal, reclamación de lo pagado y de los costes de contratar a otro profesional que termine el trabajo.

DEFECTOS GRAVES EN LA CONSTRUCCIÓN

Humedades, grietas estructurales, instalaciones defectuosas, goteras o cualquier defecto de construcción que afecte a la habitabilidad o a la seguridad del inmueble. Analizamos si son defectos cubiertos por la LOE o por el contrato y ejercemos la acción correspondiente.

CALIDADES INFERIORES A LAS PACTADAS

El contratista usó materiales de peor calidad que los acordados, sustituyó especificaciones sin comunicarlo o no siguió el proyecto técnico. Reclamamos la diferencia de valor o la restitución de los materiales correctos.

REFORMA CON DAÑOS EN ELEMENTOS EXISTENTES

La obra causó daños en partes del inmueble que no eran objeto de reforma: rotura de tuberías, daños en suelos, problemas en instalaciones colindantes. El contratista responde de los daños causados durante la ejecución de los trabajos.

Nuestra misión:

Proteger tus derechos con soluciones claras y realistas.

Cómo trabajamos:

Escuchamos, evaluamos, te explicamos opciones y costes por escrito.

Lo que nos define:

Claridad · Honestidad · Cercanía.

ÁNGELA Y DANIEL, ABOGADOS DE OBRAS DEFECTUOSAS EN LA LAGUNA

En Asistencia Jurídica Canaria gestionamos las reclamaciones por obras defectuosas contando con peritos de construcción que documentan los defectos correctamente. La prueba pericial es el pilar de estas reclamaciones: sin un informe técnico que acredite el defecto, su gravedad y su causa, la reclamación pierde fuerza. Coordinamos abogado y perito desde el inicio.

foto de los fundadores de asistencia juridica canaria Ángela y Daniel

CONSECUENCIAS DE NO RECLAMAR A TIEMPO LOS DEFECTOS DE OBRA EN LA LAGUNA

CADUCIDAD DE LAS GARANTÍAS

Las garantías de la LOE tienen plazos estrictos: 1, 3 y 10 años según el tipo de defecto. Superados esos plazos sin haber reclamado, el contratista queda libre de responsabilidad aunque el defecto sea evidente y preexistente.

DEFECTOS QUE SE AGRAVAN

Un defecto de construcción no resuelto tiende a empeorar. Una humedad sin tratar daña la estructura; una grieta que se ignora puede propagarse. El daño adicional generado por la falta de reparación puede no ser reclamable si se acredita que el propietario no actuó con la diligencia debida.

PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES CONTRACTUALES

Las acciones derivadas del contrato de obra tienen un plazo de prescripción de 5 años. Si los defectos son atribuibles al incumplimiento del contrato y no a las garantías LOE, perder ese plazo cierra la vía de reclamación.

CONTRATISTA QUE DESAPARECE

Muchos contratistas problemáticos cambian de denominación social o de actividad cuando se ven ante reclamaciones. Actuar rápido, antes de que esa situación se produzca, maximiza las posibilidades de cobrar lo reclamado.

OPINIONES DE PROPIETARIOS CUYAS OBRAS DEFECTUOSAS HEMOS RECLAMADO EN LA LAGUNA

LO QUE INCLUYE NUESTRA PRIMERA CONSULTA

Primera consulta gratuita. Analizamos la situación, el contrato y los defectos y te decimos qué puedes reclamar y en qué plazos.

  • Análisis del contrato de obra y los defectos existentes
  • Coordinación con perito de construcción para documentar los defectos
  • Requerimiento formal al contratista
  • Demanda judicial si el requerimiento no resuelve el conflicto
  • Honorarios claros desde el inicio

¿DÓNDE ENCONTRARNOS?

PREGUNTAS FRECUENTES:

Depende del tipo de defecto: 1 año para acabados, 3 años para defectos de habitabilidad, 10 años para defectos estructurales (plazos de garantía LOE). Además, la acción para reclamar debe ejercerse en los 2 años siguientes a que el defecto se manifiesta dentro del período de garantía. Para defectos contractuales no cubiertos por la LOE, el plazo general es de 5 años.

Si el contrato no se ha terminado correctamente, puedes retener la parte del precio proporcional a los trabajos pendientes o defectuosos. Sin embargo, retener el pago total cuando la obra está casi terminada puede considerarse incumplimiento del comprador. Lo analizamos caso por caso.

Sí. Si los defectos son consecuencia de un error en el proyecto o en la dirección de obra, el arquitecto o aparejador también es responsable. La LOE establece la responsabilidad solidaria de todos los intervinientes en el proceso de edificación frente al propietario perjudicado.

Sí, pero la prueba es más difícil. Si tienes presupuesto firmado, mensajes, correos, facturas, fotografías del estado de la obra o testigos, puedes acreditar el contrato y sus condiciones aunque no hubiera un contrato escrito formal.

Es un argumento habitual que los tribunales valoran con la prueba pericial. Un perito independiente que analice los defectos puede determinar objetivamente si tienen origen constructivo (responsabilidad del contratista) o si son consecuencia del uso (responsabilidad del propietario).

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