Vulneración de Derechos Fundamentales en el Trabajo en Tenerife

Los derechos fundamentales no se suspenden en la puerta del trabajo. En Tenerife, la empresa está obligada a respetar la dignidad, la intimidad, la igualdad, la libertad de expresión, la libertad sindical y el resto de derechos constitucionales de sus trabajadores. Cuando los vulnera, el trabajador puede exigir la reparación del daño moral causado y, en muchos casos, la extinción indemnizada del contrato o la nulidad del acto lesivo.

Derechos fundamentales más frecuentemente vulnerados en el trabajo

  • Derecho a la dignidad e integridad moral (art. 10 y 15 CE): acoso, trato vejatorio, humillaciones.
  • Derecho a la intimidad (art. 18 CE): vigilancia excesiva con cámaras, control del correo personal, acceso a datos privados.
  • Derecho a la igualdad y no discriminación (art. 14 CE): trato diferente por sexo, origen, religión, discapacidad, edad u orientación sexual.
  • Libertad sindical (art. 28 CE): represalias por afiliación sindical o actividad de representación de trabajadores.
  • Derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24 CE): represalias por haber ejercitado acciones judiciales o administrativas.
  • Libertad de expresión (art. 20 CE): sanciones por manifestaciones públicas del trabajador sobre la empresa dentro de los límites de la crítica legítima.

Indemnización por vulneración de derechos fundamentales

El artículo 183 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social establece que cuando se declara una vulneración de derechos fundamentales, el juez debe fijar una indemnización de daños morales tomando como referencia las sanciones previstas en la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS):

  • Infracciones graves: de 7.501 € a 22.500 €.
  • Infracciones muy graves: de 22.501 € a 225.018 €.

El juez puede elevar la indemnización si el daño acreditado es superior.

Preguntas frecuentes · Vulneración de derechos fundamentales en Tenerife

¿Tengo que ser despedido para reclamar la vulneración de un derecho fundamental?
No. Puedes reclamar la vulneración y los daños morales mientras sigues en la empresa. La extinción del contrato es una opción, no una condición.

¿La empresa puede vigilarme con cámaras sin avisarme?
Puede instalar cámaras de seguridad, pero debe informar a los trabajadores de su existencia y finalidad. El uso de las imágenes para sanciones disciplinarias sin previa notificación puede vulnerar el derecho a la intimidad y la protección de datos.

¿Qué ocurre si me sancionan por criticar a la empresa en redes sociales?
La libertad de expresión del trabajador tiene límites (no puede dañar la imagen de la empresa de forma desleal), pero la crítica legítima y proporcionada está protegida. Una sanción desproporcionada puede impugnarse.

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